Fase 7: Determinación de la forma jurídica.

La elección de la forma jurídica de empresa es una decisión clave para la constitución de nuestra empresa.

Todos las opciones tienen cosas favorables y desfavorables, todo irá en función del negocio y de sus creadores.

Para ellos debemos estudiar con detenimiento las características más representativas para tomar la mejor decisión posible.

A continuación, citaremos las diferentes formas jurídicas de las empresas.

DISTINTAS FORMAS JURIDICAS DE CONSTITUCION
TIPO
Nº SOCIOS
CAPITAL
RESPONSABILIDAD
AUTÓNOMO
1
No existe mínimo inicial
Ilimitada
SOCIEDAD CIVIL
2 o más
No existe mínimo inicial
Ilimitada
COMUNIDAD DE BIENES
2 o más
No existe mínimo inicial
Ilimitada
SOCIEDAD LIMITADA
Mínimo 1
3000€
Limitada al capital aportado
SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
Mínimo 1
3000€
Limitada al capital aportado
SOCIEDAD ANÓNIMA
Mínimo 1
60.000€
Limitada al capital aportado
SOCIEDAD LIMITADA LABORAL
Mínimo 3
3000€
Limitada al capital aportado
SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL
Mínimo 3
60.000€
Limitada al capital aportado
COOPERATIVA
Mínimo 3
Mínimo fijado en los Estatutos
Limitada al capital aportado

Tras ver las diferencias, descartamos toda empresa que pueda tener responsabilidad ilimitada frente a terceros, de esta manera ninguno de los socios responderá (en el supuesto de ser necesario) con su patrimonio.

De esta manera algunas de las formas jurídicas quedan automáticamente descartadas (sociedad civil, comunidades de bienes y el empresario individual/ autónomo.

Por ello decidimos que nuestra mejor elección era escoger una SOCIEDAD LIMITADA LABORAL (S.L.L.), porque cumplimos sus requisitos y características.

Para crear dicha sociedad, tiene una serie de gastos de constitución:

Costes notariales.
  • Estos costes son inevitables, pero hay una ventaja y es que los aranceles notariales son fijos e iguales vayamos al notario que vayamos.
  • Con estos costes se firma la escritura de constitución, que incluirá no solo la manifestación de querer crear la sociedad, sino los estatutos, la documentación necesaria para la inscripción y la celebración en la propia escritura de una primera junta de socios para, entre otros elegir el órgano de administración.
  • Estos costes rondan en total entre los 300 y los 500€.
Reserva de denominación social.
  • Esto se debe realizar previamente a constituirse ya que es uno de los documentos que se ha de adjuntar en la documentación constitutiva, ha de solicitarse en el Registro Mercantil Central, pudiendo hacerlo por medios electrónicos y teniendo un coste de entre 15 y 20€ en función del medio de entrega que se solicite.
Asesoramiento legal.
  • Para la constitución de nuestra forma jurídica, es recomendable contar con el asesoramientos y consejo de un experto. Ya puede ser de un abogado, una gestoría o simplemente hablarlo y que nos expliquen y aconsejen en la propia notaría donde se va a realizar la constitución. Todas las Sociedades Limitadas tienen sus obligaciones fiscales.
Inscripción en el registro mercantil.
  • La inscripción en el Registro Mercantil de la provincia donde la sociedad tenga su domicilio social es necesario para que la constitución sea completa. Esto implica aportar una provisión de fondos al presentar la escritura.
  • Coste final de la inscripción, dependiendo de las particularidades, tipo de órgano, está entre los 150 y los 300€.
Gestiones administrativas.
  • Adicionalmente a todo ello, hay determinadas gestiones como la obtención del NIF provisional y definitivo, alta en la Seguridad Social, alta en la Agencia Tributaria, etc. que aunque no son propiamente constitución de la sociedad, sí son algunas necesarias para ellos y suelen ir aparejadas. Estos trámites, que podemos realizar nosotros mismos si así lo deseamos, también pueden encargarse a una gestoría, a un despacho o incluso algunas notarías lo hacen ellos mismos, pero lo cobran como coste adicional, por ello hay que tenerlo en cuenta también a la hora de planificar los gastos a realizar.

Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos documentados jurídicos en sociedad limitada laboral.
  • Tras investigar a fondo hemos descubierto que la constitución de la S.L.L. está EXENTA de este impuesto.
Gastos de formación del personal.
  • Se decide incurrir en unos gastos de formación del personal, para que todos ellos estén mejor cualificados para satisfacer las necesidades de nuestros clientes.
    • Decoración: 320€.
    • Turismo: 200€.
    • Animación: 150€.
Conclusión de costes.
  • Como hemos podido observar el coste total puede rondar los 1.200€ más 670€ de formación, todo ellos dependiendo de las necesidades, particularidades e implicación que nosotros mismo pongamos en realizar algunas gestión que podemos hacer nosotros personalmente, o encargar a terceros que las hagan por nosotros.
En esta fase también hemos tenido que hablar de la localización y distribución de nuestro local, pero algunas de estas decisiones las tomamos en fases anteriores como la localización, por lo que, en esta fase solo nos centramos en la distribución del local.



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